
Glosario Ultima Actualización: 2013-05-22 11:24:19
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La Fiducia Pública se encuentra regulada por el Estatuto General de la Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993, modificada por la Ley 1150 de 2007). La característica de la Fiducia Pública es que su contratación no implica la transferencia del dominio de los bienes ni genera Patrimonio Autónomo, ya que se trata de bienes del Estado.
La adjudicación de contratos de fiducia pública se logra con la participación de las entidades autorizadas en los Concursos y Licitaciones Públicas que están obligadas a realizar las entidades que administran recursos de esta naturaleza, cumpliendo íntegramente los requisitos de ley para proteger los bienes del estado.
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